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La Justicia falló a favor de Jocelin: Tribunal de Temuco condenó a su expareja por un sangriento ataque a cuatro personas

La cuantía exacta de las penas de presidio efectivo que se le impondrán a Pedro Desiderio Aedo Zambrano se dará a conocer el próximo lunes 9 de noviembre de 2026, a las 11:00 horas, en una audiencia pública que se transmitirá a través de la plataforma Zoom.

Publicado por: Roberto Neira Tonk | viernes 30 de octubre de 2026 | Publicado a las: 18:23

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Jocelin Peña, expareja de Pedro Aedo Zambrano, en entrevista con Golpe Digital por el juicio Pueblo Nuevo en Temuco
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Roberto Neira TonkPeriodista✉ contacto@golpedigital.cl
Temuco.– La convicción fue absoluta en lo principal: Pedro Desiderio Aedo Zambrano atacó a cuatro personas con una intención inequívoca y directa de quitarles la vida. Así lo estimaron los magistrados del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco al comunicar el veredicto condenatorio que pone fin al juzgamiento de uno de los episodios de violencia intrafamiliar más graves registrados en la capital de La Araucanía durante el último tiempo.
Los hechos que originaron la causa se remontan a las primeras horas del 23 de marzo de 2024. Aquella madrugada, en un despliegue de violencia ininterrumpida, Aedo Zambrano acometió consecutivamente contra cuatro integrantes de su entorno familiar y social: la víctima de iniciales R. J. A. P., Yocelin Peña San Martín, y los padres de ésta. Además, la acción se ejecutó en abierta vulneración a las órdenes judiciales dictadas previamente para proteger a las víctimas.

Las calificaciones jurídicas y la convicción del estrado

En una resolución unánime en cuanto a la responsabilidad penal del imputado, los jueces Jorge González Salazar (presidente de la sala), Patricia Abollado Vivanco y Roberto Herrera Olivos dieron por superada la presunción de inocencia que amparaba a Aedo Zambrano. El tribunal lo declaró culpable en calidad de autor de cinco ilícitos:
  • Parricidio en grado de tentado, en perjuicio de la víctima de iniciales R. J. A. P.
  • Femicidio íntimo en grado de frustrado,  cometido contra Yocelin Peña.
  • Dos delitos de homicidio simple en grado de frustrado, en contra de los padres de Yocelin.
  • Desacato consumado, sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil en relación con la Ley N° 20.066.

El peso de la prueba frente a las tesis de la defensa

La decisión del tribunal penal se apoyó en un andamiaje probatorio que resultó inamovible durante el contradictorio. Las declaraciones de las propias víctimas —cuyos relatos expusieron la crudeza del ataque— se articularon de forma coherente con las pericias científicas presentadas en el juicio, los testimonios de los funcionarios policiales que adoptaron el procedimiento y la prueba documental y fotográfica incorporada al debate.
Ante esta contundencia, la sala descartó de plano la estrategia planteada por la defensa técnica del acusado, la cual pretendía una absolución o, en su defecto, una recalificación a delitos de menor entidad. En el acta de deliberación, los jueces remarcaron que la tesis defensiva resultaba incompatible con los antecedentes acreditados, los que daban cuenta de un dolo homicida directo por parte de Aedo Zambrano al ejecutar cada una de las agresiones.

Debate en la circunstancia agravante

El único punto que dividió al estrado estuvo referido a la circunstancia agravante del artículo 12 N° 22 del Código Penal (cometer el delito con ofensa o desprecio del respeto que por la dignidad o autoridad merezca el ofendido), invocada respecto de dos de las víctimas.
Por mayoría de votos, los magistrados González Salazar y Abollado Vivanco acordaron acoger dicha agravante. La resolución contó con el voto disidente del magistrado Roberto Herrera Olivos, quien estuvo por rechazarla. Las restantes circunstancias agravantes solicitadas por los acusadores fueron desestimadas en forma unánime por falta de sustento suficiente.

Lectura de sentencia vía remota

Con el veredicto condenatorio ya notificado a los intervinientes, la redacción del fallo definitivo quedó encomendada a la jueza Patricia Abollado Vivanco.
El Ministerio Público está solicitando una pena que supera los 50 años de cárcel. La cuantía exacta de las penas de presidio efectivo que se le impondrán a Pedro Desiderio Aedo Zambrano se dará a conocer el próximo lunes 9 de noviembre de 2026, a las 11:00 horas, en una audiencia pública que se transmitirá a través de la plataforma Zoom.

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